En Latinoamerica existe una planta sobre la cual los hombres creen logra que el alma se separe del cuerpo y regrese mas tarde al mismo. Dos tipos de lianas de la familia Banisteriopsis (Malpighiaceae) sirven de base para la preparacion del Yage (bebida de ayahuasca), el cual está profundamente arraigado en la cultura y la mitologia de los Cofanes. El uso de esta planta trepadora se ha extendido sobre los Andes hasta la costa del pacifico de Ecuador y Colombia. Una empresa norteamericana recibio en 1986 una patente otorgandole derechos de explotacion exclusivos sobre uno de los dos tipos de liana.
En 1996 COICA (Coordinadora de Organizaciones Indigenas de la Cuenca Amazonica) fue informada sobre la existencia de la patente del Sr. Loren Miller. Al poco tiempo nuestra organizacion presento la solicitud de revocatoria de la patente. Al presentar la demanda, manifestamos que: "El otorgamiento de esta patente es un profundo insulto a mas de 400 pueblos indigenas que habitamos en la cuenca amazonica, por cuanto es una planta sagrada utilizada para curar nuestros males, limpiar nuestros espiritus y predecir nuestro futuro. La ayahuasca pertenece a todas las comunidades que la usamos, y por ello es imposible que pueda ser de propiedad de un solo hombre".
Con la demanda comenzo un proceso que llego a su fin el dia 3 de noviembre del año pasado. La oficina de patentes y registro de marcas decidio cancelar la patente de la planta. Sin duda la decision de la PTO fue una victoria para los pueblos indigenas de la cuenca amazonica. Como dijo el Taita cofan Querubin Queta, sabiendo la novedad: "Esta noticia enverdece las selvas amazonicas y los guacamayos vuelan, cantan y embellecen con sus colores a nuestra madre naturaleza... Ha vuelto la vida".
La patente fue retirada, pero es importante conocer los motivos que dio la oficina de patentes para tomar esa decision. La revocacion no tuvo lugar porque se reconociese el Ayahuasca como herencia cultural de los pueblos indigenas o el derecho colectivo de los pueblos amazonicos sobre sus conocimientos tradicionales. El motivo fue que el departamento de botanica de la Universidad de Michigan ya habia registrado la planta, antes que se otorgase la patente al Sr. Miller. De modo que el argumento principal contra la patente fue que la planta ya era conocida y estaba disponible. La patente no fue revocada porque hubiese violado los derechos de los indigenas sobre sus conocimientos tradicionales, sino debido a un tecnicismo.
"Primero, el caso muestra la importancia para nosotros como los pueblos indigenas debemos luchar para proteger
nuestro patrimonio cultural. Vale la pena luchar -se puede ganar- pero para hacer esto necesitamos capacitarnos mas
en los derechos de propiedad intelectual y necesitamos contar con suficientes recursos financieros para llevar a cabo
procesos judiciales.
Segundo, el caso ayahuasca muestra que nuestro concepto de propiedad intelectual no se aplica a los tradicionales
sistemas de propiedad intelectual que son enteramente privados y con fines comerciales. Para nosotros, la propiedad
intelectual es colectiva. Son conocimientos que estan compartidos entre toda la comunidad, son conocimientos que nos
han legado nuestros ancestros, y son conocimientos que hacen parte de la cultura indigena para el bienestar fisico y
espiritual de nuestros pueblos sin fines comerciales.
Como una tercera conclusion, el caso muestra una diferencia entre el Norte y los pueblos indigenas en su relacion
con la naturaleza. En nuestra vision del mundo como pueblos indigenas, los seres humanos no podemos ser dueños de la
naturaleza de la vida. La vida esta en todo. Para los paises industrializados, se puede bien hacerse dueño de
plantas, animales, hasta los genes derivados de la sangre humana. En este sentido, existe una gran diferencia entre
los paises del Norte y los pueblos indigenas en terminos de la vision etica sobre la vida".
Antonio Jacanamijoy, coordinador general de la COICA en la Octava Sesion de la Comision sobre el Desarrollo
Sostenible de las Naciones Unidas.
La patente sobre el ayahuasca se ha convertido en sinonimo del robo de los conocimientos de los pueblos indigenas. La aprobacion de la patente solo fue posible gracias al Acuerdo sobre aspectos comerciales de los Derechos sobre la Propiedad Intelectual (TRIPs, Agreement on Trade Related aspects of Intellectual Property rights). El TRIPs es parte de un acuerdo que llevo en 1995 a la fundacion de la Organizacion Mundial de Comercio (World Trade Organisation WTO).